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Fecha de respuesta: Martes 10 de Diciembre de 2013 14:02 2013-12-10 14:02 desde IP: 189.163.139.112
Hola.
A reserva que mi colega y amigo Primus (saludos) o algun otro penalista le asesoren que hacer en el aspecto penal... le comento que hacer en el aspecto civil.
Usted NO PUEDE registrar al menor sin un certificado de nacimiento... BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA .... en consecuencia... acuda al DIF MUNICIPAL y pregunte por las CAMPAÑAS DIF de registro expemporaneo de personas... señale que la constancia de las menores se extraviaron y el DIF podrá acudir al hospital a constatar y solicitar una copia de dicha constancia con la cual podra registrarlos.
Otra opcion es ... ACUDA AL MINISTERIO PUBLICO y señale haber extraviado esos papeles (las constancias de alumbramiento) el MP hara una hoja de actuaciones y esa Hoja podra llevarla al Registro Civil y con ello registrar. OJO.- La ley de salud señala que en caso de extravío debe acudir al MP y con el documento que entregue éste acudir al Hospital para que el director de la clinica proporcione una copia simple con sellos del hospital y ello llevar al Registro Civil... cosa que NO HARA el hospital .... en consecuencia solo lleve usted la denuncia ante MP y diga que en hospital no quieren darle la copia... que ellos le dicen que con la pura denuncia ante MP ... y ojala asi le funcione
Saludos
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