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  • Consulta : 215934
  • Autor : Diaz de León
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  • Autor
    Respuesta No: 334818

  • Diaz de León
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Señor Raulcadena, que no ponga o firme como lic. No significa que no sea profesionista, sin embargo lo que se debe ser es profesional. Pero me presento ante usted y ante  el foro, me llamo José Díaz de león y soy lic. en derecho con especialidad en juicio de amparo y actualmente estoy cursando la maestría en derecho constitucional, y respecto a los comentarios anteriores yo expuse que hay algunos que  emiten un juicio anticipado sin tener todos los datos necesarios para determinar la mejor solución para la consultante,  y esto significa que algunos (no todos). Porque finalmente  lo que se busca, es  " una solución" puesto que  el problema ya lo trae, por otro lado no es mi intención entablar ninguna discusión, ya que eso es lo que menos requiere la consultante  sin embargo ella podrá elegir de todo lo vertido aquí lo que  mejor  le convenga. y mi comentario anterior fue muy escueto, se discuten muchas cosas al grado de que la consultante determino que no era justo y tiene toda la razón,  pero así no son las cosas, vamos primero a entender  bien este concepto, La obligación de dar alimentos es recíproca: el que los da, tiene a su vez el derecho de pedirlos. Para partir de un buen punto establecido en el código civil.