- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 215934
- Autor : Rosen
- Consultas en Foro: 50
- Respuestas en Foro: 2098
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5595
-
: 97 % -
: 2 %
-
AutorRespuesta No: 334687
-
Fecha de respuesta: Domingo 08 de Diciembre de 2013 11:04 2013-12-08 11:04 desde IP: 189.242.131.238
Aunado a lo que ya expone acertadamente el Lic TOCA1968 (SALUDOS), aquí si definitivamente no estoy de acuerdo con el Lic Garovalo (SALUDOS, DESEÁNDOLE EN COMPAÑÍA DE SUS SERES QUERIDOS UNA MUY FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO 2014), ya que el presente caso que expone el consultante, resulta muy conocido, y tal y como establece la normatividad aplicable, los hijos también tienen LA OBLIGACIÓN de proporcionar a los padres una pensión alimenticia, y esto hay que promoverlo ante un Juez, aunado a que existen muy distintas normas al efecto.
Pensión
Pensión Universal de Peña Nieto (65 años y mayores)
Decreto
Decreto del Instituto para la atención de los adultos mayores
Publicación: GODF 29-Junio-2007.
Leyes
Decreto por el que se crea la ley que establece el Derecho al Acceso a los Servicios Medicos y Medicamentos a las Personas Residentes en el Distrito Federal que carecen de Seguridad Social Laboral.
Publicación: GODF 22-Mayo-2006.
Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal
Publicación: GODF 23-Mayo-2000;
Ley de los Derechos de las personas Adultas Mayores en el Distrito Federal
Publicación: GODF 7-Marzo-2000.
Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los ADULTOS Mayores de Sesenta y Ocho Años residentes en el Distrito Federal
Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Publicación: GODF 20-Mayo-2011.Código Financiero del Distrito Federal
Publicación: GODF 29-Dic-2010.
Código Civil para el Distrito Federal
Publicación: DOF 26-MAYO-1928
Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal
Publicación: DOF 26-Mayo-1928
Programa
Programa de comedores comunitarios para el DF
Etc Etc Etc
Por lo que debe también acercarse al DIF o a la Comisión de Derechos Humanos del DF, inclusive al propio Tribunal Superior de Justicia del DF, para que lo asesoren, canalicen y reciba la atención necesaria.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
-
Autor





