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AutorRespuesta No: 334661
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Diciembre de 2013 23:12 2013-12-07 23:12 desde IP: 201.141.99.113
Lo primero que debe aclara es si se casó por lo civil con su pareja, de ser el caso se presume la paternidad. Si sólo vivió en concubinato entonces deberá demandar el reconocimiento de paternidad ante Juez de lo Familiar, para que mediante pruebas genéticas (ADN) se acredite la paternidad y se ordene al Registro Civil la modificación del acta de nacimiento y con ello los derechos de convivencia y las abligaciones alimentarias.
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