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  • Consulta : 215460
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 334304

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Su padre sólo puede revocar la donación por ingratitud, si Usted no lo auxilia en caso de que requiera de alimentos, o si el bien que se donó era el único de su patrimonio. Si no es el caso él no puede revocar la donación y mucho menos decirle que debe repartirlo a los demás hermanos. Lo que dice su hermano del despojo pudiera prosperar si Usted corrió a su padre del inmueble, ya que el usufructo vitalicio implica que su padre puede habitar la casa e incluso rentarla a terceras personas. Si es el caso en que  Usted corrió a su padre, eso implica la ingratitud y por lo tanto la causal para revocar la donación y claro está el despojo. Sólo le queda esperar a que le demanden si lo hacen y contestar auxiliado de un abogado especialista en la materia, pero cuidado con los coyotes y con cuanto hambreado que coloca sus datos de contacto en cada "asesoría" en este foro.