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  • Consulta : 215183
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 333670

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el pago de 20 días por año de servicio solamente opera en el caso que usted demandara la reinstalación en el puesto en las mismas condiciones que lo desempeñó a la fecha del despido, y a esa reclamación, el patrón se negara a someterse al arbitraje o a cumplir el laudo que lo condenara a reinstalarlo, aduciendo que usted era trabajador de confianza, eventual o tenía una antigüedad menor a un año.