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  • Consulta : 214782
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 333122

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si la mamá de su novia presenta la querella en su contra, ni aún declarando su novia que tuvo relaciones con usted dando su consentimiento deja de configurarse el delito de estupro que se tipifica en el artículo 189, del Código Penal del Estado de Veracruz, y que por tener  ser usted mayor que su novia más de cinco años, se sanciona en términos de la fracción II, de dicho ordinal, con una pena de 6 meses a 8 años de prisión y multa de hasta 300 días de salario, y quien está legitimada para poner la querella son sus padres, no nadamás su novia.

    Una vez integrada y consignada la averiguación, se librará orden de aprehensión en su contra y quedará a disposición ante el Juez Penal que vaya a conocer de su proceso, interno en el Centro de Reclusión, aunque por ser un delito no grave, podrá obtener su libertad bajo caución, y si además, como resulta de esas relaciones su novia resulta embarazada, le espera un largo período de pago de pensión alimenticia (hasta 25 años, aproximadamente, hasta que el hijo habido de la relación concluya sus estudios y adquiea un oficio o profesión acorde a sus circunstancias personales, que le permita satisfacer por sí mismo sus necesidades alimenticias, pero no se preocupe, a cambio, usted podrá convivir con el menor).