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  • Consulta : 214394
  • Autor : consultor77
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  • Autor
    Respuesta No: 332663

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Puede demandar el desconocimiento de la paternidad, el problema es que la Jurisprudencia dice que la demanda de desconocimiento debe iniciando a más tardar 90 dias después de que usted se enteró  de que no es su hijo.

     

    Puede intentarlo pero si su esposa se aferra y puede acreditar que usted lo sabia desde hace 4 años cuando se separaron, esto no será posible.

     

    Sin embargo puede evitar pagar una pensión debido a que cada uno tiene un hijo y pueden cada quien encargarse al 100% de los gastos del hijo con el que viven

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455