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AutorRespuesta No: 332375
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Noviembre de 2013 01:37 2013-11-18 01:37 desde IP: 187.206.130.186
Distinguido Consultante
Los elementos de la Secretaria de Marina Armada de México tienen varios beneficios en caso de fallecimiento, como un seguro de vida, ayuda para gastos funerarios y pensión para el derecho habiente (su hijo) lamentablemente no se los ofrecieron, pero si tiene derecho acreditando con su acta de nacimiento el entroncamiento con su madre.
Por regla general se requiere demandar la pensión en caso como el suyo y se requiere de lo siguiente:
- Acta de defunción del militar.
- Fotocopia del oficio de baja por fallecimiento del militar.
- Fotocopia de la identificación de (los) beneficiario (s) (fotocopia de la credencial de elector, T.U.I.M. o pasaporte vigente).
- Original del certificado de último pago.
- Original del certificado de percepciones desglosado.
- Acta de nacimiento del hijo
- Fotocopia de la identificación del solicitante ( credencial ife o pasaporte vigente)
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Tu amigo abogado ®
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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