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  • Consulta : 214146
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El juicio laboral iniciado con motivo de la primera demanda, continuará hasta el dictado del Laudo, en el que la Junta hará la calificaci´n del ofrecimiento del trabajo y determinará si opera o no la reversi´n de la carga probatoria, es decir, si ustred debe demostrar que fue despedido, o la fatiga procesal sigue recayendo en el patrón; su abogado debe saber qué hacer para el efecto que la Junta que conoce del primer procedimiento, tome en consideración la conducta asumida por el patrón al ofrecer la reinstalación de mala fe, sólo para que operara esa reversión prombatoria, pero sin la intención real de que continuara la relación laboral.

    El juicio derivado de la demanda entablada con motivo del segundo despido, también deberá tramitarse hasta su conclusión.