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Fecha de respuesta: Martes 18 de Marzo de 2014 14:49 2014-03-18 14:49 desde IP: 70.39.231.185
Excelente respuesta, lic. Cadena.
Entonces, ya sería rollo del comprador de la casa, a sabiendas que en el RPP aparece la casa con ese gravamen, de comprarla o no, y que dado el caso, pueda perder su casa y su dinero si el vendedor y deudor alimentista no cumpliera con los alimentos??
Puff, si la consultante tiene la prueba de que el deudor alimentista no ha pagado esos 25 mil pesos, le puede solicitar el remate de la casa para pagar y garantizar hasta por un año las pensiones alimenticias. Menudo embrollo!
saludos
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