- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 214130
- Autor : Lic. Manuel Vega
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 316
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 346094
-
Fecha de respuesta: Martes 18 de Marzo de 2014 14:33 2014-03-18 14:33 desde IP: 189.134.5.22
Estimada consultante:
¿Tiene usted forma de acreditar que es la abogada ?Una manera de probar esto es si ella esta autorizada en el expediente judicial, por ejemplo. De ser este el caso, puede demandar la nulidad de la venta con el siguiente fundamento (el articulo es del Codigo Civio del D.F., pero similar artículo debe exitir en el Codigo de su estado:
2276.- Los magistrados, los jueces, el ministerior Publico, LOS DEFENSORES OFICIALES, LOS ABOGADOS, LOS PROCURADORES, y los peritos no pueden comprar los bienes que son objeto de los juicios en que intervengan.
Estoy a sus ordenes.
-
Autor





