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  • Consulta : 214123
  • Autor : Mario Cervantes
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  • Autor
    Respuesta No: 332315

  • Mario Cervantes
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Normalmente, los hijos menores de 12 años de edad siempre serán cedidos en guarda y custodia a la madre, después de esa edad, el Juez de lo familar tomará en cuenta la opinión de los menores de edad.

    Ahora bien, en mi experiencia, la única causal por la cual el Juez no cederá la guarda y custodia a la madre es por ATENTAR EN CONTRA DE LA INTEGRIDAD DE LOS MENORES, esto es, FÍSICA, MENTAL, PSICOLÓGICA O SEXUALMENTE, ya sea con maltratos físicos, psicológicos, así como no cumplir con los alimentos (jurídicamente, alimentos son: vestimenta, escuela, hogar, salud y demás necesidades básicas de un menor de edad). Fuera de ello, desafortunadamente es muy dificil que el Juez dé la Guarda y Custodia a Padre, sin embargo, si usted cuenta con un material probatorio suficiente para poder demostrar que su esposa ha incurrido en este tipo de atentados en contra de sus hijos, existen posibilidades de que el Juez le dé a usted la Guarda y Custodia de sus hijos.

    Saludos