Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 214121
  • Autor : PEGZA
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 467
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 332669

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, para saber que tipo de indemnización debe hacer la aseguradora debe estudiarse la Póliza de Seguro y las Condiciones Generales. Normalmente el crédito que garantiza el seguro lo paga la aseguradora y si existe un sobrante ese es para la deudor, pero no dan un nuevo vehiculo, ya que el seguro indemniza o paga el acontecimiento del riesgo (el siniestro), más no devuelve otro vehiculo.

    Cualquier problema acude a la CONDUSEF o si gustas, puedes consultarnos.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.