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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Noviembre de 2013 00:27 2013-11-14 00:27 desde IP: 189.128.184.9
En realidad NO, para empezar ¿ISR de qué? El inmueble que adquiriste es para uso habitacional, no fue una compraventa sino una adjudicación judicial por un adeudo, lo que el notario te dice suena muy torcido.
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