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AutorRespuesta No: 331827
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Noviembre de 2013 21:53 2013-11-11 21:53 desde IP: 187.162.210.121
Licenciada Elizabeth, con el debido respeto, si el esposo no firmó el pagaré, no pueden demandarlo, ya él que no está obligado al pago del documento.
Lo que podría suceder es que, durante le diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, ante la falta de señalamiento de bienes por la parte demandada y en uso del derecho que tal circunstancia correspondería a la parte actora, podría señalar para embargo algunos de los bienes muebles que se encontraran en el domicilio, de los no exceptuados de embargo, que prácticamente son todos los que normalmente tiene una familia de clase media baja y que, por tanto, no pueden ser sujetos de tal medida precautoria; y en el caso de la casa adquirida mediante crédito del Infonavit, primero habría que ver si se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad a nombre del esposo y la consultante, aunado a que dicho Instituto es acreedor prferente, de forma tal que la negociación, aún cuando señalara ese inmueble, sería ilusorio que agarantizara el pago de la suerte principal y demás anexidades legales.
Además, es preciso destacar que de conformidad con lo que señala el artículo 202, del Código Familiar vigente en el Estado de Michoacan, de donde escribe la consultante, el régimen matrimonial que rige es el de separación de bienes y, por excepción, la sociedad conyugal; y es común que los contrayentes, debido al desconocimiento de la existencia de ambos regímenes, no expresen su consentimiento de hacerlo bajo la sociedad conyugal; por tanto, ni aún por ese motivo se encontraría en riesgo el patrimonio adquirido por el esposo durante su matrimonio.
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