Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 213547
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5559
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 331757

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Sería bueno que aclararas si eres régimen 73 o 97.

    Algunos confunden una pensión por incapacidad permanente producto de un riesgo de trabajo con una de invalidez. Si se trata efectivamente de una de invalidez, como dice Gerel puedes renunciar a esta si la de cesantía te resulta más favorable.