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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Noviembre de 2013 15:17 2013-11-11 15:17 desde IP: 189.241.240.93
Sería bueno que aclararas si eres régimen 73 o 97.
Algunos confunden una pensión por incapacidad permanente producto de un riesgo de trabajo con una de invalidez. Si se trata efectivamente de una de invalidez, como dice Gerel puedes renunciar a esta si la de cesantía te resulta más favorable.
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