Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 213426
  • Autor : camacho
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 815
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 47 %
  • : 52 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 331503

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A la primera pregunta esta usted en lo cierto: La segunda, no la conyuge no es heredera en el caso que plantea por tener la parte proporcional de los bienes. Si puede vender su parte proprcional como copropietaria de los bienes. Atte. Lic. J. L. Camacho