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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Noviembre de 2013 10:18 2013-11-09 10:18 desde IP: 189.137.114.24
A la primera pregunta esta usted en lo cierto: La segunda, no la conyuge no es heredera en el caso que plantea por tener la parte proporcional de los bienes. Si puede vender su parte proprcional como copropietaria de los bienes. Atte. Lic. J. L. Camacho
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