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  • Consulta : 213390
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 331501

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    E trabajador debe recibir su finiquito en el momento en que presenta su renuncia, ya que solamente comprende el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

    Pese a ello, muchos patrones, argumentando que lo van a calcular, dejan pasar el tiempo sin entregar al trabajador las cantidades que legalmente le corresponden, esperando que por un lado se canse de estar dando vueltas sin que se lo entreguen, y por el otro, dejando pasar el tiempo para que prescriba el derecho del trabajador a reclamar su pago ante las autoridades laborales.

    Dado que para un abogado particular, no es costeable seguir un juicio en el que solamente se reclama el pago del finiquito, lo que debe hacer es acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de su localidad, en donde le proporcionarán a un abogado de oficio que, en caso que el patrón no le haga el pago inmediato de lo que le corresponde, presente la demanda reclamado dicho pago.