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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Noviembre de 2013 16:52 2013-11-08 16:52 desde IP: 187.162.210.121
Lo que usted recibió como herencia de su padre, fue dinero: si lo hubiera conservado, entonces no entraría a formar parte de la sociedad conyugal.
Sin embargo, usted decidió destinarlo al pago de la compra de diversos muebles y electrodomésticos y, por tanto, al ser adquiridos durante el matrimonio, esos sí pasan a formar parte de la sociedad conyugal, sin importar esi el dinero provino de la herencia de su padre o de otra fuente.
Lo anterior, porque la ley no hce distinción del origen del dinero con que se adquieran los bienes durante el matrimonio, de forma tal que si fueron comprados con posterioridad a su celebración, cada cónyuge tiene derecho al 50% de los mismos en concepto de gananciales.
Por otra parte, respecto a la conducta que le atribuye a su cónyuge, déjeme decirle que no tiene ninguna prueba: la confesión de esas dos personas a quien usted se refiere, no es apta para acreditar el adulterio, dado que si en el juicio correspondiente, la confesión de su esposa de haber sostenido relaciones sexuales con otra persona distinta de usted, no es suficiente para tener por demostrada la causal, menos puede serlo la declaración de un tercero que afirme que él sostuvo relaciones con su cónyuge; lo mismo ocurre con los mensajes de su celular, hayan sido dirigidos a varones o a mujeres, igual que las fotografías que refiere, pues la conducta adúltera no consiste en enviar mensajes o fotografías con un alto contenido sexual a terceros.
El adulterio, como causal de divorcio, debe probarse debidamente, lo que trae como consecuencia que esa conducta es rwefractaria a la prueba directa, ya que es muy difícil, por no decir imposible, que un fedatario público pueda constituirse en el momento mismo en que la persona está sosteniendo relaciones sexuales con otra persona distinta del cónyuge, de forma tal, que la única forma de demostrarlo es a través de la copia certificada del Registro Civil relativa al nacimiento de un hijo como resultado de esa relación extramarital.
Si usted resolviera demandar el divorcio necesario argumentando el adulterio que le atribuye a su cónyuge, lo único que va a provocar es que el juez dicte una sentencia contraria a sus intereses, quedando subsistente el matrimonio, pero su mujer, si usted allegó esas "pruebas" que dice tener, podrá enderezar en su contra y la de sus "testigos", diversas acciones legales cuyas consecuencias podrán ser desastrozas para usted y ellos, además de que podrá atribuirle a usted la toma y difusión de las fotografías en que ella aparece desnuda.
Lo que debe hacer, si desea ya no seguir en esa relación con su esposa, dada la desconfianza que usted tiene en su fidelidad, es que promuevan el divorcio por mutuo consentimiento, y en el convenjio que obligadamente deben acompñar a su solicitud, incluir la forma en que será liquidada la sociedad conyugal, especificando cuáles de los bienes adquiridos durante el matrimonio (aunque se hayan comprado con el dinero de la herencia), quedarán para cada uno de los esposos.
Acudan los dos con un abogado especialista en Derecho de Familia, y póngase de acuerdo con cuáles bienes se quedará cada uno de ustedes para liqudiar la sociedad conyugal.
Sea práctico, es preferible que ella conserve (o venda, si es su gusto), los bienes que como gananciales le tocan, que sostener el matrimonio en el que, si tiene esa conducta libertina, podrá seguir dándole gusto al gusto, mientras usted sigue manteniéndola.
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