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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Noviembre de 2013 18:18 2013-11-06 18:18 desde IP: 189.234.148.171
el desistimiento de la acción y reconocimiento de pago total y definitovo... por escrito... y con ratificación ... el unico que lo puede hacer es el endosante en procuración o el endosatario en procuración... sin eso.--... no tienes nada...
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