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  • Consulta : 213047
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 331041

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no puede quedarse con la casa, pues la posesión que usted tiene de ese inmuble, es a título de arrendatario, no de propietario; y aunque después de esos diez años de arrendamiento, usted siga usando la finca, seguirá pagando renta, aunque al final el arrendador reciba por ese concepto una cantidad muy superior al valor de la casa.

    Y si el propietario de la finca que usted tiene dada en arrendamiento, no paga el impuesto predial, ese es problema de él, no suyo; finalmente, a usted jamás le exigirán el pago de ese impuesto, sino que a quien podrán requerir mediante el procedimiento económico coactivo, es al propietario.