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  • Consulta : 213042
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 331048

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Licenciado Bazaldúa, con el debido respeto, mi respuesta es correcta.

    El consultante claramente dice que se encuentra divorciado desde hce 10 años, y que actualmente tiene una relación de concubinato.

    De su matrimonio civil, procreó a 2 hijos, en la actualidad, mayores de edad, quienes ya concluyeron sus estudios.}

    De su relaciín de concubinato, engendró a otros 2 hijos.

    Luego entonces, si como resultado de la sentencia que declaró la disolución de su vínculo matrimonial, se decretó a su cargo una pensión alimenticia a favor de su cónyuge y sus 2 hijos nacidos dentro de ese matrimonio, la pensión relativa a la ex-esposa solamente podrá cesar cuando ella contraiga nuevas nupcias, en tanto que la pensión de los hijos, puede promover el incidente de cancelación.

    Ahora bien, considerando que con posterioridad a la sentencia de divorcio, ha hecho vida en común con su concubina y ha procreado a dos nuevos hijos, son cifcunsancias que no existían en el momento en que se otorgó la pensión a la ex-mujer y, por tanto, al tener nuevos acreedores alimenticios, puede promover la reducción de la pensión alimenticia para quien fue su cónyuge.