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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Noviembre de 2013 17:29 2013-11-04 17:29 desde IP: 187.162.210.121
Como ya está usted informada, debe iniciar el juicio oral de arrendamiento, a efecto que una vez sustanciado elprocedimiento, el juez condene al demandado en la sentencia a desocupar el inmueble y a ponerla a usted en posesión material y jurídica del mismo, así como al pago de todas y cada una de las pensiones adeudadas.
En ejecución de sentencia, y en caso que el inquilino "no vuele antes del nido" para evitar ser lanzado y pagar las rentas, el juez ordenará el desalojdo del arrendatario y el embargo de bienes de su propuedad, para garantizar el pago de las rentas que se hubieren vencido.
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