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  • Consulta : 212846
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 330868

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los salarios caidos no se generan por el hecho que la empresa se haya quedado con sus documentos originales y que, por ese kmotivo usted no hubiera podido laborar en otra empresa.

    Esa prestación es resultado de que en el juicio laboral quede plenamente demostrado que usted fue objeto de un despido injustificado, carga procesal que, generalmente, es a cargo del patrón.

    En todo caso, pregúntele a su abogado si en la demanda que dice presentó ante la Junta de conciliación y Arbitraje, también reclamó la devolución de dichos documentos, ya que si solamente usted acudió a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en donde le agendaron una cita de conciliación administrativa, su derecho a demandar poe el despido de que dice fue objeto, ya prescribió y, por tanto, nunca le van a pagar salarios caídos, porque la empresa, en caso de que lelara a demandar sólo por el pago de los salarios devengados y no pagados, jamás va a ser condenada a pagarlos.