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  • Consulta : 212655
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Del 25 al 30% de sus ingresos totales que perciba en sus dos trabajos.

    Y si se enoja, no le puede quitar a los niños.

    Acuda a la Procuraduría Social de su Estado, y solicite le asignen  a un abogado de oificio, a fin de que la asista y asesore, para que demande, tanto se le conceda judicialmente la guarda y custodia de sus hijos, como se decrete la pensión alimenticia a cargo del padre de los menores.