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Fecha de respuesta: Miércoles 30 de Octubre de 2013 13:17 2013-10-30 13:17 desde IP: 187.201.102.26
Si se puede demandar en forma independiente al juicio actual, ya que la reonvención es un derecho y no una obligación, pr lo que se queda a salvo para ejercitarlo con posterioridad siempre y cuando no haya fenecido el temrino para accionar las prestaciones.
Luego lo que Usted refiere se llama conexidad, y al presentar la nueva demanda seguramente por razón de los apellidos se irá al mismo juzgado y ahí se solicita desde el escrito incial que se acumulen los juicios, o si recae en diverso Juzgado se deberán acumular los juicios al Juez que conoce de la primer demanda.
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