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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Octubre de 2013 16:36 2013-10-23 16:36 desde IP: 189.228.145.53
Hola: De acuerdo con la abogada Rosa Isela, muy profesional, mi amiga, y quien trata de ilustrar sus consultas, ello a fin de que el forista tenga puntos de vista de varios abogados, en lo tocante a la consulta solo deseo agregar que cuando alguien denuncia las amenazas, este tipo penal exige varios puntos, como el hecho que derivado de esas amenazas, tengan efecto de causar un temor real, en donde el ofendido, no pueda salir de casa, cambien sus horarios llegadas, a casa trabajo, que exista una modificacion a sus actividades derivadas de las amenazas....
LIC. ESTRADA emaiL; despachoestrada arroba
cel. 55 43442775....tambien a traves de Whatsapp
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