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  • Consulta : 211766
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  • Autor
    Respuesta No: 329891

  • Consultor
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La ejecución de la sentencia, si esta ya causo ejecutoria, como atinadamente te lo refiere en la respuesta anterior solo lapuede promover el directamente interesado, sin embargo ésta también puede ser promovida con posterioridad por la Sucesión del interesado, es dcir por su herederos a través de su representante que es el albacea, siempre y cuando promueva de la forma adecuada y acredite con los documentos idóneos su personalida, si es en materia civil tienen diez años para hacerlo.

     

    Atentamente.

    Lic. Miguel Angel Argumedo V.

    Tel.- 52195455

    consuljuresparroba