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Fecha de respuesta: Martes 22 de Octubre de 2013 15:33 2013-10-22 15:33 desde IP: 187.162.26.9
Estimado amigo.
Existen tres formas de solucionar su asunto:
1.- Acudiendo a un Notario con dos testigos y los documentos donde se encuentren asentados los nombres, y el hará un acta en la que se especifique a Usted se le conoce y escribe de las dos formas.
2.- Acudiendo ante un Juez mediante un abogado y una demanda en la que se le ordene al Registro Civil la rectificación del acta.
3.- Y mediante un procedimiento administrativo en el Registro Civil.
Atentamente
Lic. Miguel Angel Argumedo V.
Tel.-52195455
consuljuresp
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