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AutorRespuesta No: 329810
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Octubre de 2013 12:11 2013-10-21 12:11 desde IP: 187.162.210.121
Puede demandar a ambos, a usted por ser quien lo contrató, y a su patrón por ser el propietario del vehículo y, en consecuencia, quien directamente se vió beneficiado con el servicio prestado por el trabajador.
Si el trabajador los demanda y buscando ustedes revertir la carga de la prueba, le ofrecen la reinstalación, pero nunca lo inscribieron ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, la Junta de Conciliación podrá tener por hecho ese ofrecimeinto de mala fe, dado que es obligación del patrón inscribir a sus trabajadores ante el I.M.S.S., y por tanto, la empresa será quien durante el juicio, debió demostrar que no existió el despido.
Además, si el trabajador labora una jornada mayor a la máxima legal (8 horas diarias o 48 semanales en turno diurno, 7.5 diarias o 45 semanales en turno mixto, o 7 horas diarias o 42 semanales en turbo nocturno); o si no tiene asignado descanso semanal, igualmente el ofrecimiento será considerado de mala fe; y como generalmente, a quienes prestan sus servicios en el transporte público de carga, se les imponen jornadas de trabajo muy superiores a las máximas permitidas por la Ley, dado que en ocasiones recorren largas distancias sin descanso, las perspectivas para la empresa con tal ofrecimiento, si el trabajador no lo acepta, serán las mismas, pero con la desventaja que, expresamente estarán reconociendo (confesando) que labora una jornada que excede a la legal, pues al hacerle el ofrecimiento, tendrán que especificar claramente cuáles son las condiciones laborales en que deberá regresar a trabajar, entre las que se tendrán que indicar, la jornada, el horario, el salario, los descansos semanales y obligatorios, la media hora diaria de descanso, etcétera, además de precisar qué cantidad se le entregará por concepto de gastos de alimentación y hospedaje cuando el viaje se retarde o prolongue por causas no atribuibles al propio trabajador y, sobre todo, a mantener el vehículo en óptimas condiciones físicas y mecánicas, lo que generalmente no hacen los patrones, buscando un ahorro en los gastos de la empresa con el ingreso adicional que ello les significa, aún a riesgo de la vida y la integridad física de los trabajadores.
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