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AutorRespuesta No: 329786
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Octubre de 2013 10:01 2013-10-21 10:01 desde IP: 187.162.210.121
Si niegan la existencia de la relación laboral, y el trabajador la acredita, la empresa va a ser condenada por conducirse con mala fe y negar dicha relación, a pesar de haber existido.
Si era acompañante de uno de los conductores de trailer, tiene muchas posibilidades de demostrar la existencia de la relación laboral, ya que seguramente tuvo tratos con diversas personas durante los viajes que hubiera realizado, quienes se dieron cuenta que desempeñaba un trabajo directo, personal y subordinado en favor del propietario del vehículo de transporte.
Además, como le señalo, dependiendo de la astucia y experiencia del abogado, habrá otras formas de demostrar que sí era trabajador al servicio de la empresa, pero si quieren correr el riesgo en caso de que sea demandada, háganlo a sabiendas de las consecuencias económicas que pueden acarrear un laudo condenatorio.
El trabajador tiene derecho a 3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional; 12 días de salario por cada año de servicios prestados por concepto de prima de antigüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales al tiempo laborado y salarios devengados, conceptos que serían la base para haerle un ofrecimiento de, al menos el 65% de la cantidad que resulte de cada una de ellas.
Si demanda, podrá reclamar, además de los anteriores conceptos, tiempo extraordinario, media hora diaria de descanso, días de descanso semanal y obligatorio trabajados, salarios caídos y quizá, alguna otra prestación.
Por otra parte, inclusive puede ofrecer el propio testimono de usted y el otro operador del trailer, quienes deberán comparecer a declarar ante la autoridad laboral, apercibidos para que se conduzcan con verdad, haciéndoles saber que, de no hacerlo, podrán ser puestos a disposición del Ministerio Público por incurrir en falsedad en declaraciones rendidas ante una autoridad, de forma tal que si usted acudieran a emitir su testimonio y niegan la relación laboral en apoyo al patrón, pero se acredita que si era trabajador y que ustedes eran sus compañeros, entonces ustedes también podrán ser sujetos a una acción penal., precisamente por haber mentido en sus declaraciones.
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