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  • Consulta : 211581
  • Autor : caballeroantonio
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  • Autor
    Respuesta No: 329729

  • caballeroantonio
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Artículo 3o.

    La Firma Electrónica es el medio de ingreso al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación
    y producirá los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, como opción para enviar y recibir
    promociones, documentos, comunicaciones y notificaciones oficiales, así como consultar acuerdos,
    resoluciones y sentencias relacionadas con los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales

     

    Es decir, sólamente si tienes la firma electrónica y entrando al sistema electrónico del Poder Judicial de la Federación. En otras palabras creo que no puedes, no lo afirmo porque no soy abogado.

     

    Saludos