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  • Consulta : 211502
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 329668

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo que debe Usted hacer, es, demandar el reconocimiento de hijo a quien Usted le atribuye ese caracter, para lo cual, la demanda debe hacerla ante un Juzgado de lo Familiar.

    Saludos.