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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Octubre de 2013 17:53 2013-10-17 17:53 desde IP: 187.162.210.121
Si su esposo adquirió la vivienda antes de que contrajeran matrimonio civil, ese bien inmueble no forma parte delos bienes que conforman la sociedad conyugal, ya que ésta se constituye solamente con aquellos que se adquieren durante el matrimonio, excluyéndose también los que son producto de una donación, de una herencia o de la fortuna.
Sin embargo, en algunas Entidades de la República, el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado preferentemente al cuidado del hogar y de los hijos, tiene derecho al pago de una indemnización que puede llegar a ser del 50%; en su caso, dado que no señala en qué Estado se encuentra, no se le podría señalar con precisión si estaría en esa situación.
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