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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Octubre de 2013 13:55 2013-10-17 13:55 desde IP: 187.234.144.251
El problema consultante y solo ampliando la respuesta del forista anterior y me que causa cierta incertidumbre es: menciona que nunca pudo el actuario realizar una notificación, si fue en el buzón o con vencinos, el problema es que las notificaciones deben ser personales, en el domicilio del demandado y debe haber alguna persona mayor de edad que reciba los traslados, entonces, si llega a ofrecer la prueba pericial, se desahoga aunque no conteste el demandado, y el juez llega a dictar sentencia en el sentido de confirmar el RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD por el hecho de que ANTE LA NEGACIÓN EXISTE LA PRESUNCIÓN, sin embargo esto es incierto pues podría acarrear como consecuencia la NULIDAD DE ACTUACIONES por no haber sido debidamente emplazado, por lo que a su vez se violaría un precepto constitucional, "ser oido y vencido en juicio"... NO SE SI ME DOY A ENTENDER?
saludos.
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