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  • Consulta : 211360
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si el demandado no contesta la demanda, se le tiene por contgestando en sentiido afirmativo, tal y como lo señala su abogado.

    Sin embargo, ello no complica en nada el juicio, ya que si ofreció oportunamente la prueba pericial en ADN, será ésta, no la conducta procesal que haya asumido el demandado, la que formará convicción en el juez para tener por demostrado que es el padre de su hijo; prueba que, aún contestando la demanda, de cualquier forma debe ofrecerse y desahogarse.

    Y si el demandado se niega a proporcionar a los peritos las muestras necesarias para la práctica de dicha prueba, entonces, aún cuando por esa causa no se lleve a cabo, se tendrá por demostrada su paternidad.