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  • Consulta : 211052
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 329065

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si usted pretende justificar su inasistencia al trabajo con la copia de la receta que le expidió su médico tratante, dicho documento no tiene ni el valor ni el alcance para ello, dado que solamente el certificado de incapacidad puede ser tomado en consideración por su patrón.

    Consecuentemente, el empleador está en todo su derecho de descontarle a usted el día no laborado, ya que su obligación de pagarle su salario, es correlativa a que usted le preste sus servicio, y si no lo hace, entonces no surge esa obligación para el patrón.

    Por otro lado, la circunstancia que a otro trabajador, en similar situación, no le descuente el día al exhibir la receta médica, no lo autoriza a usted a recibir igual trato, ya que es decisión del patrón si a otro empleado le paga o no el día no laborado; además, puede suceder que ese otro compañero de trabajo, previamente haya pedido al patrón de no acudir a laborar para poder asistir a una cita médica, y si él se lo concede, usted no tiene ningín derecho, ni a reclamarlo, ni a que a usted también se lo otorgue.