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AutorRespuesta No: 360368
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 00:36 2014-07-20 00:36 desde IP: 201.141.253.42
La posesión es una situación de hecho, se puede acreditar incluso por testigos. Sin embargo, se requiere que el ejido este certificado para que el Tribunal Unitario Agrario resuelva la adjudicacion de la parcela.
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