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  • Consulta : 210943
  • Autor : avina130697
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  • Autor
    Respuesta No: 360367

  • avina130697
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La posesión es una situación de hecho, se puede acreditar incluso por testigos. Sin embargo, se requiere que el ejido este certificado para que el Tribunal Unitario Agrario resuelva la adjudicacion de la parcela.