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AutorRespuesta No: 328926
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Fecha de respuesta: Domingo 13 de Octubre de 2013 11:55 2013-10-13 11:55 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si usted renuncia voluntariamente, sólo tiene derecho al pago de las vacaciones y prima vacacional por los cuatro meses trabajados después de cumplir el cuarto año de servicios (en caso que no haya disfrutado las vacaciones de ese cuarto año de servicios, también deberán pagársele junto con la prima vacacional correspondiente), y la parte proporcional de aguinaldo 2013.
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