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  • Consulta : 210832
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 328751

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Se calcula de acuerdo a lo que se haya estipuado en las Cláusulas del Contrato, en caso de incumplimiento del deudor.

    Si no se pactó que en caso de incumplimiento se pagaría un interés moratorio, entonces solamente podrá reclamarse el interés legal.