- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 210809
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 328711
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Octubre de 2013 13:28 2013-10-11 13:28 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si usted renuncia voluntariamente, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:
12 días de salario por concepto de prima de antigüedad (artículo 162, fracción III), prestación que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo general del area geográfica en que se ubique el centro de trabajo (artículo 486);
18 días de vacaciones (artículo 76), correspondientes al último año de servicios cumplido, o parte proporcional si le otorgaron las que en esa fecha le correspondían;
Prima vacacional 25% sobre los salarios que le correspondan durante el período de vacaciones (artículo 80), y
Aguinaldo (artículo 87), proporcional al tiempo laborado en el año 2013, considerando que por el año de servicios laborado completo, le corresponderían 15 días.
-
Autor





