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AutorRespuesta No: 328414
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Octubre de 2013 11:48 2013-10-09 11:48 desde IP: 187.162.210.121
Acuda a la Dirección de la Defensoría Social del Estado, ubicada en la calle Perfecto Amézquita 101, esquina con Terrezas, Fraccionamiento Tamgamanga de esa ciudad capital, en donde le asignarán a un abogado de oficio que en forma gratuita la asista y asesore en los trámites jurisdiccionales que deba hacer.
En cuanto al padre de su hijo mayor, es necesario que a la mayor brevedad inicie el Juicio sobre Reconocimiento de la Paternidad, procediiento en el que, a través de la prueba de ADN, podrá acreditar que es el padre de su hijo, y una vez que ese exremo quede demostrado, el Juez ordenará que se hagan en el acta de nacimiento del niño las anotaciones correspondientes, y se asiente que él es el padre biológico del menor, en la misma sentencia, decretará una pensión alimenticia en favor del infante.
Respecto del segundo hijo, la competencia para conocer del juicio de alimentos se surte en favor de un Juez de lo Familiar de San Luis Potosí, en virtud de que es en esa población en donde vive el acreedor alimentario, y a su padre, se le notificará y emplazará a través de un exhorto que se remita al Juez competente del Estado en que resida el padre.
En este caso, el Juez de lo Familiar, una vez que se notificado y emplazado a juicio el demandado, señalará la cantidad que deberá pagar por concepto de pensión alimenticia provisional en favor de su hijo, pensión que determinará en forma definitiva en la sentencia.
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