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  • Consulta : 210324
  • Autor : ZETH
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  • Autor
    Respuesta No: 328159

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    entiendo que no le haya servido mi respuesta, pues precisamente mi intención es que usted piense y haga que su ardilla camine, como bien  ya lo ha citado,  se vio invadida una esfera juridica, pero precisamente la legitima defensa  es cuando el bien juridico tutelado SE VE EN RIESGO,  sin embargo,  no hay elementos que presuman en su hipotesis que marca que alguno de esos bienes tutelados hayan estado en peligo por la simple introduccion del pasivo a la casa, pues es de recordar en cuanto a la estricta aplicacion de la norma juridica que esta desde luego  debe ser exacta,   es necesario que para que opere tal circunstancia de legitima defensa FORZOSAMENTE DEBE ESTAR EN RIESGO ESE BIEN JURIDICO TUTELADO,  a demas, en la legitima defensa  debe  EXISTIR LA NECESIDAD DE LA DEFENSA EMPLEADA, pues como ya lo he amnifestado en la respuesta anterior,  pudo haberse introducido el activo al inmueble sin que mediara violencia de su parte (POR CUALQUIER CIRCUNSTANCIA)  EJEMPLO BURDO, QUE TAL SI SE LE  FUE UNA PELOTA A LA CASA Y ESTE SENCILLAMENTE INTENTO RECUPERAR SU BIEN? por lo que el pasivo no tenia derecho de sacar Y MUCHO MENOS UNA METRALLETA  Y RAFAGUEARLO como usted lo demuestra, incluso aqui operaria un delito de HOMICIDIO DOLOSO AGRAVADO y desde luego LA PORTACIÓN Y POSESIÓN DEL ARMA DE FUEGO COSA QUE ES MERAMENTE FEDERAL EL ASUNTO!, HACIA EL "PASIVO"  como usted lo llama!