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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Octubre de 2013 12:07 2013-10-07 12:07 desde IP: 187.232.90.108
hola estudiante, le recomiendo que se ponga a leer el codigo penal de su entidad a efecto de que comprenda que es la legitima defensa, sin embargo le adelantare que DE NINGUNA MANERA SE PODRIA ACREDITAR LA LEGITIMA DEFENSA, pues el hecho de que una persona se haya introducido al domicilio antes señalado puede ser calificado solamente como un allanamiento de morada!!!
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