- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 210286
- Autor : consultor77
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 622
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 328047
-
Fecha de respuesta: Domingo 06 de Octubre de 2013 20:04 2013-10-06 20:04 desde IP: 201.141.6.204
Pues tiene que consultar un abogado especialista en materia familiar, ya que efectivamente ella puede demandarle las pensiones adeudadas, y usted lo que tendría que hacer es acreditar que no hay tal adeudo, sino que ha cumplido, con algún medio de prueba.
Saludos
Lic. Elizabeth López
52195455
-
Autor





