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AutorRespuesta No: 331824
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Noviembre de 2013 21:24 2013-11-11 21:24 desde IP: 187.164.85.88
Existen diversos medios legales para inconformarse del credito fiscal y su ejecución, ya sea por medio del recurso que se tramita ante la propia autoridad emisora del acto, o bien ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, mediante juicio de nulidad.
Los créditos fiscales se extinguen en un plazo de cinco años y solo se interrumpe el término por gestiones de cobro hechas por la autoridad o reconocimiento expreso del contribuyente de conocer el crédito.
Le recomiendo que busque en su localidad las oficinas mas cercanas de la PRODECON, (procuraduria de la defensa del contribuyente) donde lo podran asesorar y ayudar de manera gratuita.
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