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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Octubre de 2013 11:30 2013-10-04 11:30 desde IP: 187.137.246.66
Consultante iracunda71:
Es necesari que proporciones mas informacion al respecto para pderle asesorar profesionalmente, debido que no dice Usted si:
-Los bienes de la sucecion intestamentaria del de cujus es la misma que se inicio en otros Juzgados.
-Si son diferentes los bienes.
-Si quienes inciaron el Jucio de sucecion intestamentaria son los que tienen derecho a heredar.
-Si quien denucnia la Sucecion Intestmentaria lo hizo en el ultimo domicilio que tuvo el de cujus.
-Si quien inicio un Juicio posterior lo hizo como peticion de herencia, por no ser llamado al jucio de la sucecion.
Entre otras dudas.
Ya que solictar la ACOMULACION que Usted de sea no tiene ningun problema.
Saludos.
la acumulacion la debe solicitar en
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