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AutorRespuesta No: 327803
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Octubre de 2013 10:42 2013-10-04 10:42 desde IP: 187.208.48.186
puedes registrar a tu hijo lo mas pronto mejor y si posteriormente deseas y el padre tambien pueden registrar al menor yendo los dos al registro civil y tan tan.
en dado caso de q no sea del deseo del padre ir y registrarlo voluntariamente puedes iniciar juicio de reconocimiento e paternidad y obligarlo a q le de sus apelllidos contodos los derechos y obligaciones q ello conlleva solo q eres menor de edad por lo q aparte del acta de alumbramiento deberan acompañarte tus padres
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